Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de apelación interpuesto por la ciudadana TATIANA CAROLINA CORTESIA MARQUEZ, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO GONZALEZ P., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.657, en contra de la inadmisibilidad de la pretensión dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 12 de Abril de 2007. En consecuencia declaran INADMISIBLES las pretensiones de la parte actora.
Queda de esta manera CONFIRMADO el auto apelado.