este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acoge totalmente la solicitud del Fiscal 11° del Ministerio Público y Decreta LIBERTAD PLENA a favor de ciudadano JOSE ALEJANDRO TORRES venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.992.160, sin oficio definido, residenciado en calle los espejos casa sin numero Santa Fe Parroquia Raúl Leoni del Municipio Sucre. Se acuerda seguir la presente causa por el procedimiento ordinario y remitir las actuaciones inmediatamente a la fiscalía actuante. Boleta de libertad oficio de remisión Cúmplase.