Por lo antes expuesto, revisada como ha sido la presente demanda y ajustándola a derecho, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, por los ciudadanos HECTOR LUIS CEDEÑO, LUIS ALBERTO PEREDA y WILMER ALEXANDER GUTIERREZ, antes identificados, contra la empresa "MARCANO DISTRIBUCIONES CUMANA y MARCANO DISTRIBUCIONES ANZOATEGUI C.A"; en consecuencia se ordena a pagar, la suma de VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES con cuarenta y seis céntimos (Bs. 22.826.848,46), por los conceptos previamente condenados. Así se decide.
SEGUNDO: Se condena al pago de los intereses de la prestación de antigüedad, intereses de mora y corrección monetaria de acuerdo a las pautas supra indicadas.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza parcial fallo.
Se les advierte a las partes que podrán recurrir del presente fallo .....