Por las razones expuestas este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MEJIA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda que por INTIMACION al cobro de Letra de Cambio, por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.500.000,oo) emitida el día 27 de noviembre del año 2005, para que se pagase a la orden de JESUS RAMON SALAZAR, intentada por el profesional del derecho, FELIX WILLIAM PEREZ MALAVE, antes identificado.