Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de las partes y decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de la causa que se le seguía a los jóvenesxxxxxxxxxxxxxxx , a quienes se les acusó por la presunta comisión de los delito de Robo Agravado y Lesiones Leves, previstos en los artículos 460 y 418 del Código Penal Vigente para el momento de ocurrir los hechos en perjuicio de xxxxxxxxxx , todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3º, en concordancia con el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Las partes quedaron notificadas conforme lo establece el artículo 175 del COPP.. Así se .....