En atención a los motivos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario, Marítimo y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio a través del cual se ventila la pretensión de DIVORCIO (Causal 2da. del Artículo 185 del Código Civil), interpuesta por la ciudadana María Eugenia Canache, titular de la cédula de identidad N° V-12.273.057, contra el ciudadano David José Hernández Ramos, titular de la cédula de identidad N° V-10.836.247. Así se decide.