En atención a los motives de hecho y de derecho que preceden, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Marítimo y Bancario del primer circuito judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados, Carmen Lista Mata y José Alberto Lares, representación de la parte demandada en contra de la decisión dictada por el juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCATNTIL, AGRARIO, TRANSITO, MARITIMO Y BANCARIO en fecha 27 de junio de 2008. SEGUNDO: CONFIRMA LA PRETENCION DE RESOLUCION DE CONTRATO dictada por el tribunal y en la oportunidad señalada en el particular anterior. TERCERO: SE CONDENA AL PAGO DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS a la parte demandada, modificando en este particular lo decidido por el Tribunal de la causa. CUARTO: Resuelto el contrato de arrendamiento, .....