Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana YUSMELIS ORTIZ, titular de la cédula de identidad No. V- 5.013.697, actuando en su carácter de parte actora en la presente causa, asistida por la ciudadana PETRA MARIA GARCIA, Abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 87.251; contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Dieciséis (16) de Noviembre de 2.007.
En consecuencia, se ordena al Tribunal A-quo, se sirva convocar nuevamente a los expertos designados en la presente causa para que comparezcan a emitir su opinió.....