este Juzgado Tercero de Control, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JHEAN CARLOS PATIÑO PAREJO, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 22.626.368, nacido en fecha 21/10/86, residenciado en Distribuidor Los Bordones, a la altura del hotel los bordones hacia adentro, cerca del puente y la estatua de Antonio José de Sucre, Cumana Estado Sucre; al cual se le iniciara por la presunta comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos RAMON VILLASMIL MARQUEZ y LOURDES JOSEFINA VALLENILLA CABEZA; todo, de conformidad con el artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, 251 numeral 2, y 252 ejusdem. Se acuerda que el imputado de autos quede recluido en el IAPES. Así mismo, se acuerda seguir la presente causa por el procedimiento ordinar.....