Con base a lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara CONFIRMADA la sentencia apelada y en consecuencia SIN LUGAR la apelación, que por impugnación de inscripción de título de construcción del documento registrado en fecha 23 de enero de 2004, anotado bajo el número 13 de la serie, folio 68 vto al 72 del protocolo primero, tomo segundo, primer trimestre del año 2004, interpusiera el abogado Guillermo Tineo, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos PETRA, MAYRA, JORGE, NIEVES, ALEXIS, FRANCISCO, ROSA y JOSE RIQUEZES, antes identificados, contra la ciudadana ANTONIA MACHADO, igualmente identificada, asistida por el abogado Gualberto Ríos.