D I S P O S I T I V A
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: la NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 30 de noviembre de 2016, por este mismo Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre y ordena la reposición de la causa al estado de que se evacuen las pruebas testimoniales admitidas, que están pendientes para su evacuación. En consecuencia, motivado a que este sentenciador ya emitió un pronunciamiento al fondo del asunto debatido en la presente causa, emitiendo un pronunciamiento definitivo, es por lo que procedo a Inhibirme de seguir conociendo de este asunto, con fundamento en el ordinal 15º del artículo 82 d.....