este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara culpable a la acusada MAYERLING DEL VALLE GUEVARA PÉREZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N°. 14.885.174, de 25 años de edad, nacida en fecha 22-11-81, soltera, residenciada en el barrio Buena Vista, calle principal, (en una casa con chaguaramos en la pared del frente y las paredes del interior pintadas de color verde y puerta de hierro de color blanco), Cumaná, Estado Sucre, de la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y en consecuencia, se le condena a cumplir la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN, las accesorias de Ley y el pago de las costas del presente proceso, Cuyo cumplimiento será determinado por el Juez de ejecución competente