D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada. LIL VARGAS, actuando con el carácter de Defensora Pública Penal, contra el auto dictado en fecha 30 de octubre de 2006, por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual acordó la admisión de la querella presentada por la víctima Alexis Rafael Mata, mantuvo el decreto de libertad y admitió la acusación fiscal y las pruebas para ordenar el pase del imputado LUIS FERNANDO MARVAL PENS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-15.288.765, al juicio oral, en la causa penal que se le sigue por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio .....