Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados YARITMY ROSAURA NUÑEZ BARRIOS y LEOCADIO ARMANDO YSASIS CASTAÑEDA, en su carácter de Defensores Privados, contra la decisión de fecha 21/09/2012, dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual DECRETÓ LA PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano ABRAHÁN CASTRO MARCANO, imputado de autos y titular de la cédula de identidad N° V-24.739.036, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL A TITULO DE DOLO EVENTUAL previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal y LESIONES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos ROSMERY GUEVARA, y ALCIRA BARRI.....