Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Primero: Se declara ABSUELTO al Adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; en la presente causa seguida por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES DE CARÁCTER LEVE EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA y COAUTOR DEL DELITO DE DAÑOS A LA PROPIEDAD, previstos en el artículo 416 en concordancia con el artículo 424, y 474 en concordancia con el artículo 473, respectivamente, del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos Jesús Eduardo Avilet Rodríguez, Luís Ramón Betancourt y Axel Rafael Planche. Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión, se deja sin efecto cualquier medida de coerción personal que pudiera pesar sobre el acusado de autos; Así mismo se instruye al secretario administrativo de este Tribunal para remitir en su oportunidad legal la presente causa al archivo central. La presente decisión tiene su fundamento legal en las previsiones de los Artículos 2.....