éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA la Extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa, a favor de la imputada Maria del Jesús Marcano, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.217.415, de 22 años de edad, nacido el 21-11-84, de profesión u oficio estudiante, hija de Jesús Maria Marcano y Maria de Lourdes Montaño, y domiciliada en el Barrio Tacoa, Calle Nispero, Casa N° 2, cerca de la panadería Tacoa, Carúpano, Estado Sucre; por la comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal; en perjuicio de Flor Beatriz la Rosa de Rivera; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal.