DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal QUINTO en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por decisión dictada conforme a lo establecido en el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a CONSTANZA VASQUEZ, en perjuicio de IVAN JOSE GOMEZ, por considerar que se configura la prescripción de la acción penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal el cual establece que es hecho atípico y no reviste carácter penal. Notifíquese a las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase el asunto al Archivo Central en el lapso legal correspondiente, para su posterior remisión al Archivo Judicial. Se imprimen dos ejemplares de la presente resolución.....