Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Carmen Maria león, titular de la cedula de identidad Nº 8.310.663, actuando en este acto como el carácter de Presidenta de la Organización Comunitaria de la Vivienda O.C.V Fe y Alegría, asistida por el abogado Clemente López Cumana, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 124.602, interpuso Recurso de Nulidad, contra la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Sucre.