DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Primero de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público y sanciona conforme al procedimiento por admisión de los hechos, al joven xxxxxxxxxxxxxxxpor la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE HURTO Y ROBO DE VEHÌCULO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el articulo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor en concordancia con el articulo 470 del Código Penal en perjuicio del ciudadano NILSON DANIEL PEREZ GARCIA, a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA POR UN LAPSO DE OCHO (08) MESES, consistiendo dicha medidas: en que el mismo realice una actividad Educativa, Laboral y/o cursos en áreas de su interés, que coadyuven a su crec.....