Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la ciudadana: SILVIA BAUTISTA VALLENILLA, venezolano, natural de Cariaco, fecha de nacimiento 28/12/1954, de 54 años de edad, soltera, de profesión u oficio del hogar, titular de la cedula de identidad N° 11.590.047, residenciado en El Caserío Centro Poblado "A", Calle 04, Casa n° 250, del Municipio Rivero del Estado Sucre,, por el lapso de OCHO (08) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS, quien fue condenado por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial, imponiéndosele una pena de: DOS (02) AÑO DE .....