Este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 43 Código Orgánico Procesal Penal por el lapso de doce (12) meses, al acusado IVÁN JOSÉ VELÁSQUEZ RAUSSEO, titular de la Cédula de identidad 16.702.791, de 24 años de edad, de ocupación ayudante de albañilería, domiciliado en Yaguaracual, Carretera nacional Cumaná ¿ Puerto la Cruz, Casa S/Nº, cerca de la Escuela; por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana ELIZABETH MARÍA RAUSSEO DE VELÁSQUEZ, y se le imponen de las siguientes condiciones de conformidad con el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal ordinales 2, 3, 4 y el aparte primero del artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: 1. No reincidir.....