Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Prestaciones sociales y demás conceptos laborales intentada por los ciudadanos PEDRO CESAR GARCIA, titular de la cedula de identidad Nro 9.977.498 , JESUS HEREDIA, titular de la cedula de identidad Nro 11.833.890 ANTONIO REPOZO DIAZ, titular de la cedula de identidad Nro. 5.079.521, JUAN BAUTISTA DIAZ, titular de la cedula de identidad Nro. 5.701.858 en contra de la Sociedad Mercantil GUAYACUMANA C.A
SEGUNDO: Se condena a la accionada a cancelar a la actora los conceptos ESPECIFICADOS EN EL CUERPO DE ESTA SENTENCIA LOS CUALES DEBERAN SER CALCULADOS POR EL EXPERTO DESIGNADO.
TERCERO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulte de .....