Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función Control, del Circuito Judicial del Estado Sucre, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve PRIMERO: que habiéndose decretado el 10/11/2004, el sobreseimiento de la presente causa a favor de los imputados de autos, se decreta el cese de las medidas cautelares que pesan sobre los mismos; SEGUNDO: que estando en presencia de la materialización de los supuestos establecidos en los artículos 319 y 321 del Código Orgánico Procesal Penal, y en amparo a lo establecido en los artículo 2, 4, 6, 449 y 480, se ordena la inmediata remisión de la presente a la Unidad de Jueces de Ejecución.