III.-
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de Cumana Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Querella Funcionarial interpuesta por el ciudadano Martín Reyes, contra la Alcaldía del Municipio Bermúdez del estado Sucre.
SEGUNDO: Se ordena el pago al querellante, tanto de las prestaciones sociales, como de los intereses moratorios causados.
TERCERO: Se niega la solicitud de pago por indemnización de preaviso, por despido, vacaciones cumplidas, domingo y feriados trabajados no pagados y cesta ticket.
CUARTO: Se ORDENA la realización de una experticia complementaria del fallo, conforme a lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de determinar las cantidades adeudadas a la misma por estos conceptos.