Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Juicio Actuando en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley RESUELVE: UNICO: Se absuelve al acusado; DANIEL JOSE PEREDA HERNANDEZ, venezolano, de oficio taxista, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.772.771, domiciliado en Calle 24 de Julio cruce con la librería Escolar N° 38 Cumaná, hijo de Giselo Pereda y Enma Josefina Hernández de la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, derogada, previsto hoy en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.