este Tribunal Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión correspondiente, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA SIN LUGAR la Sustitución de la Privación Preventiva de Libertad, solicitada por los defensores privados CAROLINA MARTINEZ ACOSTA y JESUS MARDEN AMARO ALCALA, decretada desde la fase preparatoria en contra del acusado NOEL ANTONIO FERMÍN ROMERO, de 35 años de edad; titular de la cédula de identidad N° 15.571.880; nacido en fecha 19-04-1975; hijo de Virgilio Fermín y Antonia Romero; de estado civil soltero; de profesión u oficio Agricultor; residenciado en la Vía carretera Cumaná- Cumanacoa, Caserío de Cedeño, casa sin número, cerca de la bodega, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal, previsto y sancionado en el artículo 406 del Có.....