DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, en contra: : ANGEL JOSE RAMIREZ CORDOVA, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.898.364, albañil, nacido en 19/01/1983, de 33 años de edad, hijo de Cesar Ramírez y Luisa Córdova y domiciliado en La Calle 9, casa S/N, hacia la Rinconada, Municipio Valdez del Estado Sucre, por encontrarse incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, Por considerar que de las actuaciones no se desprenden suficientes elementos de convicción procesal que hagan autor o partícipes a los referidos ciudadanos en el delito que se le imputa. Se decreta la flagrancia y se acuerda el procedimiento por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 234 y 373 ambos de Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien por cuanto el Imputado: ANGEL JOSE RAMIREZ CORDOVA pre.....