DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado José Alberto Jiménez, venezolano, de 26 años de edad, nacido en fecha 17-09-80, titular de la Cédula de Identidad N° 10.077.791, de profesión u oficio comerciante, hijo de Raimundo Hernández y de Migdalia Ramos, y residenciado Río de Güiria, sector Las Viviendas, Casa S/N, a dos casas de la bodega del señor Osmar Güiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Hurto de Vehículos Automotores previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley Sobre el hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de la ciudadana Ricci Catalina Bonillo; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3; 251 numerales 1 y 2; y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal. En este sentido, se decreta la aprehensión como Flagrante, considerando que el imputado fue aprehendido a poco de haber cometido el delito con el vehículo objeto del hurto lo que.....