DECISIÓN
Este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley examinada como ha sido la acusación fiscal, revisadas las actas del expediente y oída la exposición de las partes en sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal, reuniendo la acusación fiscal los requisitos de ley, la admite totalmente por el delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 3 literal ¿ a¿ del Código Penal, en contra de la ciudadana Hernelly del Valle Salcedo Ruiz, considerando este Tribunal que resulta improcedente hacer un cambio de calificación jurídica a Homicidio Culposo, segun establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, habiendo admitido la acusación procedió a imponer a la imputada del procedimiento especial por admisión de los hechos, p.....