este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano MAHIKER ANTONIO RIVAS GARCÍA, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.978.966, nacido en fecha 08/05/1.989, natural de Cumaná, soltero, de hijo de Luisa García, de profesión u oficio estudiante, residenciado en el Tacal, sector 1, La Alcabala, casa S/N°, cerca de la alcabala, Cumaná, Estado Sucre, condenado por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, imponiéndosele una pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesoria.....