Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido, como se encuentran, los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, y Redime al Penado Frederick José Carrera Salazar, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido el 12-11-1990, estado civil soltero, de profesión estudiante, titular de la cédula de identidad Nº 19.707.740...