Es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado de fijar la Audiencia Preliminar. Así se decide. En consecuencia, este Tribunal fija las 09:30 de la mañana del Quinto (5°) día hábil siguiente a la última notificación que de las partes se haga, a los fines de que tenga lugar La Audiencia Preliminar en el presente juicio. Notifíquese a las partes. Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribual Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve