Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, vista la solicitud presentada por la, ciudadana: Eudelia Cristina Torres Hernández, debidamente identificada y estudiado el caso en cuestión, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley. Declara Bastante y Suficiente las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante ciudadana: Eudelia Cristina Torres Hernández, titular de la cédula de identidad N° V- 8.631.134, y domiciliada en el sector de San Agustín III, calle Sucre N° 04, casa s/n, en Casanay parroquia Mariño, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; Título Supletorio de Propiedad sobre las mencionadas Bienhechurías, dejando a salvo el derecho de tercero que se considere con mejor derecho sobre esta Bienhechurías, todo de conformidad c.....