Este Tribunal Unipersonal Cuarto de Juicio, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO DECLARA CULPABLE : AL ACUSADO: CESAR AUGUSTO BASTARDO, como AUTOR del delito de ROBO DE VEHICULO ATUMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con las agravantes establecidas en el artículo 6 numerales 1, 3 y 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en agravio del ciudadano HENDRIZ MILBER SANCHEZ SANCHEZ, delito este que prevé una PENA DE PRESIDIO en su límite inferior de NUEVE (9) AÑOS y en su límite superior de DIECISIETE (17) y efectuando la sumatoria de ambos extremos y de conformidad con lo pautado en el artículo 37 del Código Penal resulta una PENA DE PRESIDIO DE TRECE (13) AÑOS y habiendo invocado la defensa a favor del acusado la atenuante prevista en el artículo 74 numeral 4to, por cuanto el mismo no posee antecedentes penales, este tribunal considera procedente aplicar la atenuante solicitada por la defensa y rebaja dicha .....