DECISIÓN
Con fundamento en las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en la investigación penal iniciada en fecha 17 de julio de 1983, por denuncia interpuesta por el ciudadano FELIX JOSÉ VASQUEZ RODRÍGUEZ, con cédula de identidad N° V- 4.687.145 y domiciliado en el barrio Mundo Nuevo, Calle josé Vicente Gutiérrez, N° 33, Cumaná Estado Sucre, y siendo el imputado el ciudadano JULIO CESAR AQUINO VELASQUEZ con cédula de identidad N° V-8.424.223, domiciliado en el barrio Mundo Nuevo, Avenida José vicente Gutiérrez, Casa N° 46, Cumaná Estado Sucre; por la comisión del delito de Hurto Calificado previsto y sancionad.....