este Órgano Jurisdiccional, en acatamiento a lo preceptuado en el aludido artículo 108 de la Ley Civil Adjetiva, ordena que inmediatamente después del folio 35, contentivo de la nota de Secretaría de fecha 05-08-2015 y a la que alude el particular Primero que antecede; se incorpore el poder apud acta otorgado en esa misma fecha por la ciudadana MARILUZ VILLARROEL a las abogadas en ejercicio EVELIS BOMPART Y FLORVIDIA PERDOMO, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 84.933 y 59.459, respectivamente; a cuya actuación le seguirá la nota de Secretaría de fecha 17-09-2015, que hace constar la presentación y reserva del escrito probatorio de la parte accionante.