este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA LA ORDEN DE APREHENSIÓN LIBRADA EN FECHA 12-04-2012 Y DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado ciudadano: LUIS EDUARDO GRAU CARRERA, venezolano, natural de esta ciudad, de 24 años de edad, nacido en fecha 29/12/1987, soltero, obrero, Titular de la cédula de identidad N° 20.064.052, hijo de Luisa Elena Salazar y de Eduardo Luís Grau Carrera, residenciado La Trinidad, Vereda H-3, casa N° 02 frente de la escuela, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 (alevosía) del Código Penal en perjuicio de RUFINO ANTONIO MARCANO RIVERO (OCCISO),