el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por denuncia de la ciudadana YSBELYS JOSEFINA BERMUDEZ, con Cédula de Identidad N° 12.267.382, con domicilio en la población de Araya, urbanización Valle Grande, calle 06, casa N° 139, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre; por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de Violencia, donde aparece como imputado el ciudadano JOSE VICENTE CHACHA MILLÁN, con domicilio en la población de Araya, urbanización Valle Grande, calle 06, casa N° 139, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre; en virtud de que el ejercicio de su acción se en.....