por autoridad de la Ley, acuerda someter a la medida contenida en el literal G del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente a los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXX; a quienes se les inicio investigación por la presunta participación en los delitos de robo agravado de vehículo automotor, tipificado en el articulo 5 de la ley sobre hurto y robo de vehículo automotor, en concordancia con las circunstancias agravantes del artículo 6 ordinales 1, 2, 3, 5 y 10 ejusdem, ocultamiento de arma de fuego previsto en el artículo 277 del código penal en concordancia con el articulo 9 de la ley sobre armas y explosivos, de conformidad con lo establecido en el articulo 628 parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; delito cometido en perjuicio del ciudadano Juan Figueroa Ortiz y el orden público, debiendo cada adolescente presentar una (01) persona idónea, en calidad de fiador la cual perciba, cien (100) unidades tributarias,.....