DECISIÓN
De las pruebas presentadas, las cuales han sido previamente valoradas se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por la solicitante, en consecuencia de ello, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara las actuaciones y documentación cursante en el expediente suficientes para declarar:
Como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante TEOLINDA CONTRERAS DE ARELLANO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.448.515, a los ciudadanos: ALBA DEL VALLE ARAQUE CONTRERAS, JORGE TEOLINDO CALLACO CONTRERAS, ROSA ELIA CONTRERAS DE NIÑO, ANA MIREYA ARELLANO CONTRERAS, JESUS ALBERTO ARELLANO CONTRERAS, LUZ MARINA ARAQUE CONTRERAS, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-14.55.....