Es por lo que este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por autoridad de la ley decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD para el imputado HECTOR RAFAEL INDRIAGO BARRIOS, de 53 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-05.078.000, soltero, nacido en fecha 07/04/1957, de profesión u oficio Gerente Bancario, hijo de América Jesús Indriago, Mercedes Barrios,, residenciado en la Urbanización Gran Mariscal, Edificio 312, piso 1, apartamento N° 02, Cumaná, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Apropiación o Distracción de Recursos, previsto y sancionado en el Articulo 432, de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras en perjuicio del Estado Venezolano,.- Medida esta consistente en: la prestación de una caución económica, mediante la presentación de dos (02) fiadores cuyos ingresos sean iguales o superiores a SESENTA UNIDADES TRI.....