es por lo que éste Tribunal acuerda declarar al mismo en rebeldía y se ordena librar oficio al CICPC a fin que incluya al referido en el Sistema SIIPOL-DIEX, e igualmente se acuerda librar oficios a todos los cuerpos de seguridad del Estado, a fin de que ubiquen y traslade al adolescente de autos y lo coloquen a la orden de éste Tribunal de Juicio conforme al artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.