Este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara cumplida y por consecuencia extinta la pena corporal de la ciudadana ELEAZAR JOSÉ MILLÁN SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de al cédula de identidad N° 15.111.434, a quien le fuera impuesta por el antiguo Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal del Estado Sucre.
Se ordena remitir las presentes actuaciones al archivo central a los fines de su guarda y custodia. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 496, 498 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal. Notifíquese a la penada, las partes, y ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná. Se ordena librar oficios a los Cuerpos Policiales a fin de que sea excluido el pre nombrado ciudadano del Sistema de Personas Requeridas.