Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con Lugar el Sobreseimiento Definitivo, solicitado por la Representante del Ministerio Público, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, a quienes se le iniciara causa uno de los delitos de CONTRA LA PROPIEDAD (HURTO EN GRADO DE TENTATIVA), en perjuicio de AGENCIA DE LOTERÍA EL CICLÓN, propiedad de la ciudadana NADIA YORDI YORDI; con fundamento en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con los artículos 180 y 325 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente