Trabajo declara la Admisión de los Hechos por parte de la demandada, de los hechos alegados por el demandante y por consiguiente declara con Lugar la demanda y se le condena al pago de Tres Millones Seiscientos Veintinueve Mil Novecientos Setenta y un Bolívares, Con Cincuenta Céntimos (Bs. 3.629.971,50) por los conceptos anteriormente descritos, mas, la respectiva indexación desde el momento de la admisión de la demanda e intereses de mora si hubiere lugar a ello. Se condena igualmente a la parte demandada al pago de las costas Procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 59 "Ejusdem", a razón de un treinta por ciento (30%) del monto condenado. Se publica esta sentencia a los veintiún días (21) días del mes de Junio del año 2006, año 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
JUEZ TEMPORAL
ABOG. LENIN BRITO.
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