En atención al pedimento anteriormente referido y al estar debidamente fundamentado el mismo, se considera ajustado a derecho la solicitud de la Defensora Pública Penal; a tales efectos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACUERDA CON LUGAR, el requerimiento de Traslado, y en consecuencia se ordena librar oficio al Director del Centro de Prisión Preventiva de Cumaná, Estado Sucre, a los fines de que traslade con las estrictas seguridades que el caso amerita y previa coordinación con funcionarios adscritos a ese Órgano, al acusado XXXX, venezolano, de 15 años de edad, titular de la cédula de identidad N° XXXX, soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 24/12/1.999, hijo de XXXX Y XXXX, residenciado XXXX, hasta el Departamento de Psiquiatría Forense del Servicio de Medicina y Ciencias Forenses (SENAMECF), ubicado en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas de esta ciuda.....