Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al imputado EDGARDO GABRIEL HERNÁNDEZ BOADA, venezolano, nacido en fecha 01/04/87, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.689.229, soltero, residenciado en la Sector Super Bloques, El valle, por el Edif. Centauro, Edif. 41, apto 43, Cumaná, Estado Sucre, por el delito de posesión ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y se le impone la obligación de presentarse cada quince días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal, por el lapso de seis meses. Así mismo, deberá acudir ante la sede la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público, a retirar la orden para la práctica de los exámenes toxicológicos respectivos. Librese Boleta de libertad y.....