En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el sobreseimiento de la causa, a favor del ciudadano Orangel José Vera, ampliamente identificado en los autos, a quien se le aperturó investigación por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad; ello en virtud de que ¿a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los imputados¿, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y remítanse las.....