Con fundamento en las consideraciones expuestas este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por estimar que en el presente caso nos encontramos ante un caso de continencia de la causa no debiendo seguirse diversos procesos por un mismo hecho y haciendo imperar el Principio de Unidad del Proceso, DECLINA LA COMPETENCIA en el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, para conocer de la incidencia que se tramita en el expediente N° RP01-P-2007-001971, referida a solicitud de entrega de Vehículo Marca: Chevrolet, Modelo C-10, año 1980, tipo pick-up, color vinotinto, placas 001RAO, uso: CARGA, serial de carrocería CCD14AV200160, serial del motor CA2000160, planteada por el ciudadano Marcos José Sánchez, venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad N°9.276.293 y de este domicilio, asistido por el abogado Yensin José Sánc.....