DISPOSITIVA
En atención a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, declara con lugar lo solicitado por el sancionado y por la defensa, y en consecuencia, se acuerda mantener el Conocimiento de la causa, conforme a lo previsto en los artículos 614, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de la ejecución de las medidas impuestas al sancionado XXXXX,